
El Tribunal Supremo ha avalado el derecho de los consejos reguladores de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) y las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) a reclamar indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados por el uso indebido de sus nombres distintivos.
Alcance de la resolución
Según ha comunicado la Asociación Española de Denominaciones de Origen, Origen España, esta determinación del alto tribunal confiere a dichas entidades la potestad de solicitar compensaciones económicas cuando se produzca una utilización no autorizada de las denominaciones que protegen. Esta medida busca salvaguardar la reputación y la singularidad asociadas a los productos amparados por una DOP o una IGP, fortaleciendo el marco jurídico de protección de estas figuras de calidad.