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11 de septiembre de 2026

El Tribunal Supremo suspende cautelarmente el voto de nacionales adquiridos por la 'ley de nietos'

El Tribunal Supremo ha paralizado cautelarmente el derecho al voto y las nuevas inscripciones para las personas que obtuvieron la nacionalidad a través de la denominada 'ley de nietos' y que ya se encuentran en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Esta medida busca salvaguardar la transparencia del proceso electoral y la confianza ciudadana, ante el considerable incremento del censo.

Dos profesionales concentrados en el trabajo en un entorno de oficina moderno, utilizando computadoras y cuadernos.

El Tribunal Supremo ha emitido una resolución en la que acuerda la paralización cautelar del ejercicio del voto para un sector específico de ciudadanos, así como la suspensión de nuevas inscripciones electorales. La medida afecta a aquellas personas que adquirieron la nacionalidad española en virtud de la conocida como 'ley de nietos' y que ya figuraban en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).

Según lo comunicado, la decisión del Alto Tribunal responde a la necesidad de preservar la integridad y la "transparencia del proceso electoral", así como de mantener "la confianza de la ciudadanía en sus resultados". Esta cautela judicial se adopta en un contexto caracterizado por la "magnitud" del aumento del censo, lo cual ha motivado al Tribunal Supremo a actuar para garantizar los principios fundamentales de los comicios.

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