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5 de agosto de 2026

Instrucción para la instalación de elementos de contención en las fronteras marítimas de Ceuta y Melilla tras fallo del Tribunal Supremo

La Secretaría de Estado de Seguridad ha dictado la Instrucción 9/2026, de fecha 1 de agosto de 2026, que ordena la implementación de elementos de contención en las fronteras marítimas de Ceuta y Melilla. Esta directriz tiene como finalidad aplicar el régimen de rechazo en frontera, amparado en la disposición adicional décima, y se emite a raíz de una resolución previa del Tribunal Supremo.

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La Secretaría de Estado de Seguridad ha emitido la Instrucción 9/2026, con fecha de 1 de agosto de 2026, estableciendo directrices para la instalación de elementos de contención fronteriza en las delimitaciones marítimas de Ceuta y Melilla. Esta medida se adopta en el contexto de una reciente decisión del Tribunal Supremo.

El propósito principal de esta instrucción es implementar el régimen de rechazo en frontera, una figura jurídica prevista en la disposición adicional décima del marco normativo aplicable. Dicha aplicación busca gestionar los accesos por vía marítima a estas ciudades autónomas mediante la infraestructura de contención.

La instrucción detalla la necesidad de reforzar la seguridad en estas áreas fronterizas específicas, subrayando la importancia de la aplicación de las normativas vigentes en materia de control migratorio y protección de fronteras, especialmente tras el pronunciamiento del alto tribunal.

Contenido informativo. Contenido elaborado con asistencia de IA.