
El ordenamiento jurídico-tributario español establece un régimen especial dentro del Impuesto sobre Sociedades para abordar fiscalmente diversas operaciones de reestructuración empresarial. Este marco normativo es crucial para la gestión de las implicaciones tributarias que derivan de procesos corporativos complejos.
Ámbito de Aplicación del Régimen FEAC
Este régimen, conocido por las siglas FEAC, que aluden a Fusiones, Escisiones, Aportaciones de Activos, Canje de Valores y el cambio de domicilio social de determinadas sociedades europeas, está diseñado para proporcionar un tratamiento fiscal específico a transformaciones societarias significativas. Las operaciones que se incluyen bajo su paraguas son:
- Las fusiones de sociedades.
- Las escisiones, tanto totales como parciales.
- Las aportaciones no dinerarias de activos.
- El canje de valores.
- El cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea entre diferentes Estados miembros de la Unión Europea.
La regulación detallada de este régimen especial se encuentra establecida en la Ley 27/2014, concretamente a partir de su artículo 76 y siguientes. Su correcta aplicación es esencial para las entidades que planifican o ejecutan este tipo de operaciones, permitiendo gestionar adecuadamente los aspectos fiscales asociados, incluyendo consideraciones como la presencia de bases imponibles negativas pendientes de compensación en el contexto de, por ejemplo, una fusión por absorción.