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31 de agosto de 2026

La AEPD subraya la obligación de atender solicitudes de supresión de datos, incluso en periodo vacacional

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha recordado a los profesionales del derecho su responsabilidad continua en la atención a las peticiones de borrado de datos de antiguos clientes, indicando que el periodo vacacional no justifica la inatención a estas solicitudes fundamentales en materia de privacidad.

Dos representantes de servicio al cliente con auriculares trabajando en computadoras en una oficina moderna.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido un pronunciamiento relevante acerca de las obligaciones de los profesionales del ámbito jurídico en lo concerniente a la protección de datos personales. Este criterio subraya la necesidad de mantener una atención constante a los derechos de los interesados, sin que los periodos de descanso, como las vacaciones estivales, eximan de dicha responsabilidad.

El organismo ha amonestado a una letrada que no respondió a una solicitud de supresión de datos personales interpuesta por una antigua cliente. La petición llegó durante el mes de agosto, momento en el que, según la explicación de la abogada durante el procedimiento administrativo, se encontraba de vacaciones.

La postura de la AEPD enfatiza que los profesionales deben asegurar los mecanismos necesarios para garantizar la respuesta oportuna a los derechos de los ciudadanos, entre ellos el derecho de supresión, establecido en la normativa de protección de datos. Este hecho resalta la importancia de la diligencia profesional continuada y la implementación de procedimientos que permitan gestionar estas solicitudes de manera eficaz, independientemente del calendario personal de los letrados.

Contenido informativo. Contenido elaborado con asistencia de IA.
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