
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado una sanción de un mes de suspensión del ejercicio profesional impuesta a un letrado. La medida, que había sido dictada originalmente por el Colegio de la Abogacía de Vizcaya, se fundamenta en el incumplimiento de los deberes deontológicos del abogado respecto a la transparencia en la información sobre sus honorarios a un cliente.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV, mediante su sentencia número 198/2026, ratificó la decisión colegial. La resolución subraya la importancia de la claridad y la adecuada comunicación entre el profesional del derecho y su cliente en lo referente a las condiciones económicas de los servicios prestados, constituyendo un pilar fundamental de la deontología profesional.
Este fallo reafirma la potestad de los colegios profesionales para velar por el correcto desempeño de la abogacía y sancionar aquellas conductas que contravengan las normas éticas y de conducta que rigen la profesión, buscando proteger los intereses de los justiciables y mantener la confianza en el sistema legal.