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Indemnización por despido

Compensación económica que el empleador debe abonar al trabajador cuando la relación laboral se extingue por decisión unilateral de la empresa en las circunstancias legalmente establecidas.

Definición

La indemnización por despido, en el ámbito del derecho laboral español, es una compensación económica que el empleador debe abonar al trabajador cuando la relación laboral se extingue por decisión unilateral de la empresa, bajo ciertas circunstancias legalmente establecidas. Su finalidad principal es resarcir al trabajador por la pérdida de su puesto de trabajo, especialmente cuando el cese no obedece a una causa justa o se realiza con defectos formales. Este concepto se vincula estrechamente con la figura del despido improcedente, aunque también puede derivar de otras modalidades de extinción contractual.

Antecedentes históricos

La protección del trabajador frente al despido arbitrario es un pilar fundamental del derecho laboral moderno. Históricamente, en España, la libertad de despido era más amplia, permitiendo al empleador finalizar la relación laboral con escasas o nulas justificaciones y sin obligación de compensación. Sin embargo, a lo largo del siglo XX, con el desarrollo del derecho del trabajo y la influencia de movimientos sociales y constitucionales, se fue consolidando la necesidad de limitar el poder empresarial en esta materia. La legislación comenzó a exigir causas justificadas para el despido y a establecer mecanismos de protección para el trabajador, como la readmisión o, en su defecto, la indemnización. Este proceso buscaba equilibrar la posición de las partes en el contrato de trabajo, reconociendo la asimetría de poder y la necesidad de salvaguardar la estabilidad en el empleo.

La indemnización por despido en España se encuentra regulada principalmente por las siguientes normas:

  • Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET): Es la norma fundamental que establece las causas de extinción del contrato de trabajo, las modalidades de despido (disciplinario, objetivo) y las consecuencias de su declaración de improcedencia, incluyendo el cálculo de la indemnización.
  • Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS): Regula el procedimiento judicial para impugnar los despidos y las reclamaciones de cantidad, incluyendo las indemnizaciones.
  • Convenios Colectivos: En ocasiones, los convenios colectivos pueden establecer mejoras en las cuantías indemnizatorias o en las condiciones de despido, siempre respetando los mínimos legales.

Características esenciales

La indemnización por despido en el ordenamiento jurídico español presenta las siguientes características:

  • Carácter resarcitorio: Su objetivo es compensar al trabajador por el perjuicio económico que le supone la pérdida de su empleo, especialmente cuando la extinción es injustificada.
  • Vinculación a la improcedencia: La indemnización es la consecuencia principal de la declaración de improcedencia de un despido (ya sea disciplinario u objetivo), aunque también se prevé en otros supuestos de extinción.
  • Cálculo legalmente preestablecido: La cuantía se determina en función de la antigüedad del trabajador en la empresa y del salario diario, siguiendo unas reglas fijadas por la ley.
  • Exención fiscal parcial: Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador están exentas de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) hasta el límite legalmente establecido, que es de 180.000 euros.
  • Alternativa a la readmisión: En los casos de despido improcedente, el empleador tiene la opción de readmitir al trabajador o abonarle la indemnización legalmente establecida.

En España, la indemnización por despido se aplica principalmente en los siguientes escenarios:

  1. Despido improcedente: Es el supuesto más común. Un despido se declara improcedente cuando el empleador no acredita la causa legal alegada para el despido (disciplinario u objetivo) o no cumple con los requisitos formales exigidos. En este caso, el empleador tiene un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia para optar entre:

    • Readmisión del trabajador: Con abono de los salarios de tramitación.
    • Abono de la indemnización: La cuantía se calcula de la siguiente manera:
      • Para contratos celebrados a partir del 12 de febrero de 2012: 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.
      • Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012: Se aplica un régimen transitorio. Por el tiempo de servicio anterior a esa fecha, 45 días de salario por año de servicio, con un máximo de 42 mensualidades. Por el tiempo de servicio posterior, 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades. La suma total no podrá superar las 42 mensualidades.
  2. Despido objetivo procedente: Cuando un despido objetivo (por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) se declara procedente, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades. Esta indemnización debe ser puesta a disposición del trabajador en el momento de la comunicación del despido.

  3. Extinción del contrato por voluntad del trabajador (art. 50 ET): El trabajador puede solicitar la extinción de su contrato con derecho a las indemnizaciones propias del despido improcedente en supuestos como modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o menoscabo de su dignidad, o por incumplimiento grave de las obligaciones del empleador (por ejemplo, falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario).

  4. Otras extinciones: Existen otras causas de extinción que conllevan indemnización, como la finalización de contratos temporales (salvo los formativos), o la extinción por fuerza mayor o por causas objetivas en el marco de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

El salario a considerar para el cálculo de la indemnización es el salario bruto diario del trabajador, incluyendo todos los conceptos salariales (salario base, complementos, pagas extraordinarias prorrateadas, etc.). La antigüedad se computa desde la fecha de inicio de la relación laboral hasta la fecha de efectos del despido.

Jurisprudencia relevante

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia es fundamental para la interpretación y aplicación de la normativa sobre indemnización por despido en España. Algunas de las áreas donde la jurisprudencia ha tenido un papel crucial incluyen:

  • Determinación del salario regulador: La jurisprudencia ha clarificado qué conceptos deben incluirse en el salario a efectos del cálculo de la indemnización, incluyendo la prorrata de pagas extraordinarias, comisiones, bonus y otros complementos salariales.
  • Cómputo de la antigüedad: Se han resuelto controversias sobre la continuidad de la relación laboral en casos de sucesión de contratos temporales, subrogaciones empresariales o periodos de interrupción.
  • Calificación del despido: La jurisprudencia es clave para establecer los criterios que determinan si un despido es procedente, improcedente o nulo, lo que directamente afecta al derecho a la indemnización. Se ha profundizado en la exigencia de la "causa real y grave" para el despido disciplinario y en la justificación de las causas objetivas.
  • Formalidades del despido: La omisión de requisitos formales en la carta de despido (como la fecha, los hechos imputados o la cuantía de la indemnización en el despido objetivo) puede llevar a la declaración de improcedencia del despido, con la consiguiente obligación de indemnizar.
  • Salarios de tramitación: La jurisprudencia ha delimitado los supuestos y el alcance del abono de salarios de tramitación en caso de readmisión, así como su compensación con la indemnización en ciertos casos.

Véase también

Notas

  1. Ley reguladora de la jurisdicción social— Fuente relacionada
  2. Estatuto de los Trabajadores— Fuente relacionada

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Última actualización: 28/09/26